Artículo 128 Ley de Amparo (Reglamentaria de los artículos 103 y 107 constitucionales)
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Cambios de este artículo
Comparas el texto del 23 de junio de 2025 (reforma del 13 de marzo de 2025) con el del 21 de diciembre de 2025 (reforma del 16 de octubre de 2025), que es el vigente.
El texto anterior sale de la copia del PDF oficial que guardó el Internet Archive el 23 de junio de 2025, leída con el mismo método que el texto vigente.
7 párrafos cambiaron 215 palabras agregadas 43 palabras quitadas
Lo agregado va subrayado en verde y lo quitado, tachado en rojo. Si un párrafo se reescribió casi entero, verás el antes y el ahora uno sobre otro.
Así decía el texto del 23 de junio de 2025. Lo que luego se quitó va marcado en rojo.
Así dice el texto del 21 de diciembre de 2025. Lo que se agregó va marcado en verde.
A la izquierda, el texto del 23 de junio de 2025; a la derecha, el del 21 de diciembre de 2025.
Cambio 1 · Cambió
Con excepción de los casos en que proceda de oficio, la suspensión se decretará,tramitará a petición de la persona quejosa en todas las materias, salvo lasaquellas señaladasprevistas en el último párrafo de este artículo, siempre que concurran los requisitos siguientes:artículo. Párrafo reformado DOF 14-07-201414-07-2014, 13-03-2025, 16-10-2025
Antes
Con excepción de los casos en que proceda de oficio, la suspensión se decretará, en todas las materias, salvo las señaladas en el último párrafo de este artículo, siempre que concurran los requisitos siguientes: Párrafo reformado DOF 14-07-2014
Ahora
Con excepción de los casos en que proceda de oficio, la suspensión se tramitará a petición de la persona quejosa en todas las materias, salvo aquellas previstas en el último párrafo de este artículo. Párrafo reformado DOF 14-07-2014, 13-03-2025, 16-10-2025
Cambio 2 · Párrafo nuevo
Para ello, el órgano jurisdiccional, cuando la naturaleza del acto lo permita, deberá realizar de forma expresa y justificada un análisis ponderado de la apariencia del buen derecho y del interés social, a fin de verificar que concurran los requisitos siguientes:
Antes
Este párrafo no existía.
Ahora
Para ello, el órgano jurisdiccional, cuando la naturaleza del acto lo permita, deberá realizar de forma expresa y justificada un análisis ponderado de la apariencia del buen derecho y del interés social, a fin de verificar que concurran los requisitos siguientes:
Cambio 3 · Se reescribió
I. Que exista el acto reclamado, se tenga certeza de su inminente realización u opere una presunción razonable sobre su existencia.
II. Deberá acreditarse, aunque sea de manera indicia ria, el interés suspensional de la solicitepersona promovente, entendido como la existencia de un principio de agravio derivado del acto reclamado, que permita inferir que su ejecución afectará a la persona quejosa,quejosa. y Fracción reformada DOF 13-03-2025
Antes
I. Que la solicite la persona quejosa, y Fracción reformada DOF 13-03-2025
Ahora
I. Que exista el acto reclamado, se tenga certeza de su inminente realización u opere una presunción razonable sobre su existencia.
II. Deberá acreditarse, aunque sea de manera indicia ria, el interés suspensional de la persona promovente, entendido como la existencia de un principio de agravio derivado del acto reclamado, que permita inferir que su ejecución afectará a la persona quejosa.
Cambio 4 · Se reescribió
III.Que,alponderar
II.los Queefectos node sela sigasuspensión perjuiciofrente al interés social, niy se contravengana disposiciones de orden público.público, el órgano jurisdiccional advierta que su concesión no causa un daño significativo a la colectividad, ni priva a la sociedad de beneficios que ordinariamente le corresponden.
Antes
II. Que no se siga perjuicio al interés social, ni se contravengan disposiciones de orden público.
Ahora
III. Que, al ponderar los efectos de la suspensión frente al interés social, y a disposiciones de orden público, el órgano jurisdiccional advierta que su concesión no causa un daño significativo a la colectividad, ni priva a la sociedad de beneficios que ordinariamente le corresponden.
Cambio 5 · Párrafo nuevo
IV. Que, del análisis preliminar de los argumentos y elementos aportados, se desprenda la apariencia del buen derecho, sin que ello implique prejuzgar sobre el fondo del asunto.
Antes
Este párrafo no existía.
Ahora
IV. Que, del análisis preliminar de los argumentos y elementos aportados, se desprenda la apariencia del buen derecho, sin que ello implique prejuzgar sobre el fondo del asunto.
Cambio 6 · Párrafo nuevo
Párrafo con fracciones adicionado DOF 16-10-2025
Antes
Este párrafo no existía.
Ahora
Párrafo con fracciones adicionado DOF 16-10-2025
2 párrafos sin cambios
La suspensión se tramitará en incidente por separado y por duplicado.
Asimismo, no serán objeto de suspensión las órdenes o medidas de protección dictadas en términos de la legislación aplicable por alguna autoridad administrativa o jurisdiccional para salvaguardar la seguridad o integridad de una persona y la ejecución de una técnica de investigación o medida cautelar concedida por autoridad judicial. Párrafo adicionado DOF 17-06-2016
Cambio 7 · Cambió
Las normas generales, actos u omisiones de las autoridades a que refieren los párrafos decimoquinto y decimoséptimo del Institutoartículo Federal de Telecomunicaciones y28 de la Comisión FederalConstitución de Competencia Económica,Federal, no serán objeto de suspensión. Solamente en los casos en que la Comisiónautoridad Federala que refiere el párrafo decimoquinto del artículo 28 de Competenciala EconómicaConstitución Federal imponga multas o la desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones, éstas se ejecutarán hasta que se resuelva el juicio de amparo que, en su caso, se promueva. Párrafo adicionado DOF 14-07-201414-07-2014. Reformado DOF 16-10-2025
Antes
Las normas generales, actos u omisiones del Instituto Federal de Telecomunicaciones y de la Comisión Federal de Competencia Económica, no serán objeto de suspensión. Solamente en los casos en que la Comisión Federal de Competencia Económica imponga multas o la desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones, éstas se ejecutarán hasta que se resuelva el juicio de amparo que, en su caso, se promueva. Párrafo adicionado DOF 14-07-2014
Ahora
Las normas generales, actos u omisiones de las autoridades a que refieren los párrafos decimoquinto y decimoséptimo del artículo 28 de la Constitución Federal, no serán objeto de suspensión. Solamente en los casos en que la autoridad a que refiere el párrafo decimoquinto del artículo 28 de la Constitución Federal imponga multas o la desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones, éstas se ejecutarán hasta que se resuelva el juicio de amparo que, en su caso, se promueva. Párrafo adicionado DOF 14-07-2014. Reformado DOF 16-10-2025
AYA registra el texto de la fuente oficial en cada cotejo y compara palabra por palabra. Las diferencias de espacios o de cómo se partió una palabra en el PDF no cuentan como cambio. Para efectos legales, consulta el decreto de reforma en el Diario Oficial o el periódico oficial del estado.