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Artículo 134 Ley de Amparo (Reglamentaria de los artículos 103 y 107 constitucionales)

Capítulo I

La contragarantía que ofrezca la o el tercero conforme al artículo anterior deberá también cubrir el costo de la garantía que hubiese otorgado la persona quejosa, que comprenderá: Párrafo reformado DOF 13-03-2025

I. Los gastos o primas pagados, conforme a la ley , a la empresa legalmente autorizada que haya otorgado la garantía;

II. Los gastos legales de la escritura respectiva y su registro, así como los de la cancelación y su registro, cuando la persona quejosa hubiere otorgado garantía hipotecaria, y Fracción reformada DOF 13-03-2025

III. Los gastos legales acreditados para constituir el depósito

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 21 de diciembre de 2025.

Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 16 de octubre de 2025. Documento oficial