Artículo 82 Ley de Amparo (Reglamentaria de los artículos 103 y 107 constitucionales)
Qué cambió entre versiones
- Sin cambios
- Primer registro
- Cambió
- Sin cambios
Cambios de este artículo
Comparas el texto del 23 de junio de 2025 (reforma del 13 de marzo de 2025) con el del 21 de diciembre de 2025 (reforma del 16 de octubre de 2025), que es el vigente.
El texto anterior sale de la copia del PDF oficial que guardó el Internet Archive el 23 de junio de 2025, leída con el mismo método que el texto vigente.
1 párrafo cambió 33 palabras agregadas 0 palabras quitadas
Lo agregado va subrayado en verde y lo quitado, tachado en rojo. Si un párrafo se reescribió casi entero, verás el antes y el ahora uno sobre otro.
Así decía el texto del 23 de junio de 2025. Lo que luego se quitó va marcado en rojo.
Así dice el texto del 21 de diciembre de 2025. Lo que se agregó va marcado en verde.
A la izquierda, el texto del 23 de junio de 2025; a la derecha, el del 21 de diciembre de 2025.
La parte que obtuvo resolución favorable en el juicio de amparo puede adherirse a la revisión interpuesta por otra de las partes dentro del plazo de cinco días, contados a partir del día siguiente a aquél en que surta efectos la notificación de la admisión del recurso, expresando los agravios correspondientes; la adhesión al recurso sigue la suerte procesal de éste.
Cambio 1 · Párrafo nuevo
La notificación del auto por el cual se admita el recurso deberá efectuarse a las partes en un plazo que no exceda los cinco días siguientes a su emisión. Párrafo adicionado DOF 16-10-2025
Antes
Este párrafo no existía.
Ahora
La notificación del auto por el cual se admita el recurso deberá efectuarse a las partes en un plazo que no exceda los cinco días siguientes a su emisión. Párrafo adicionado DOF 16-10-2025
AYA registra el texto de la fuente oficial en cada cotejo y compara palabra por palabra. Las diferencias de espacios o de cómo se partió una palabra en el PDF no cuentan como cambio. Para efectos legales, consulta el decreto de reforma en el Diario Oficial o el periódico oficial del estado.