Artículo 27 Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Capítulo TERCERO
- Contra las resoluciones adoptadas en materia de impedimentos, excusas y recusaciones no cabrá recurso, sin perjuicio de la posibilidad de alegar la recusación al interponer el recurso que proceda contra la resolución que dé por concluido el procedimiento.
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Texto tomado de Cámara de Diputados. Documento oficial