Artículo 53 Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Capítulo NOVENO
Cuando las disposiciones legales así lo establezcan o se juzgue necesario, se solicitarán los informes u opiniones necesarios para resolver el asunto, citándose el precepto que lo exija o motivando, en su caso, la conveniencia de solicitarlos
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Texto tomado de Cámara de Diputados. Documento oficial