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Artículo 194 Ley General de Salud

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  1. 9 dic 2025 a 15 may 2026+34 −11 palabrasLo estás viendo

Comparas el texto del 9 de diciembre de 2025 (reforma del 7 de junio de 2024) con el del 15 de mayo de 2026, que es el vigente.

El texto anterior sale de la copia del PDF oficial que guardó el Internet Archive el 9 de diciembre de 2025, leída con el mismo método que el texto vigente.

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Cambio 1 · Cambió

Para efectos de este Título, se entiende por control sanitario, el conjunto de acciones de de orientación, educación, muestreo, verificación y , en su caso, aplicación de medidas de seguridad y sanciones, que ejerce la Secretaría de Salud con la participación de loslas productores,personas comercializadoresproductoras, comercializadoras y consumidores, enconsumidoras, con base aen lo que establecen las normas oficiales mexicanas y otras disposiciones disposiciones aplicables. Párrafo reformado DOF 07-05-199707-05-1997, 15-01-2026

Antes

Para efectos de este Título, se entiende por control sanitario, el conjunto de acciones de orientación, educación, muestreo, verificación y , en su caso, aplicación de medidas de seguridad y sanciones, que ejerce la Secretaría de Salud con la participación de los productores, comercializadores y consumidores, en base a lo que establecen las normas oficiales mexicanas y otras disposiciones aplicables. Párrafo reformado DOF 07-05-1997

Ahora

Para efectos de este Título, se entiende por control sanitario, el conjunto de acciones de orientación, educación, muestreo, verificación y , en su caso, aplicación de medidas de seguridad y sanciones, que ejerce la Secretaría de Salud con la participación de las personas productoras, comercializadoras y consumidoras, con base en lo que establecen las normas oficiales mexicanas y otras disposiciones aplicables. Párrafo reformado DOF 07-05-1997, 15-01-2026

El ejercicio del control sanitario será aplicable al:

Cambio 2 · Cambió

I. Proceso, importación y exportación de alimentos, bebidas no alcohólicas, bebidas alcohólicas, suplementos alimenticios , productos cosméticos, productos de aseo, tabaco, así como de las materias primas y, en su caso, aditivos que intervengan en su elaboración;elaboración o cualquier otro producto de uso o consumo humano que represente un riesgo sanitario para la población; Fracción reformada DOF 07-06-201107-06-2011, 15-01-2026

Antes

I. Proceso, importación y exportación de alimentos, bebidas no alcohólicas, bebidas alcohólicas, productos cosméticos, productos de aseo, tabaco, así como de las materias primas y, en su caso, aditivos que intervengan en su elaboración; Fracción reformada DOF 07-06-2011

Ahora

I. Proceso, importación y exportación de alimentos, bebidas no alcohólicas, bebidas alcohólicas, suplementos alimenticios , productos cosméticos, productos de aseo, tabaco, así como de las materias primas y, en su caso, aditivos que intervengan en su elaboración o cualquier otro producto de uso o consumo humano que represente un riesgo sanitario para la población; Fracción reformada DOF 07-06-2011, 15-01-2026

3 párrafos sin cambios

II. Proceso, uso, mantenimiento, importación, exportación y disposición final de dispositivos médicos, y Fracción reformada DOF 10-05-2023

III. Proceso, uso, importación, exportación, aplicación y disposición final de plaguicidas, nutrientes vegetales y substancias tóxicas o peligrosas para la salud, así como de las materias primas que intervengan en su elaboración. Fracción reformada DOF 07-05-1997

El control sanitario del proceso, importación y exportación de medicamentos, estupefacientes y substancias psicotrópicas y las materias primas que intervengan en su elaboración, compete en forma exclusiva a la Secretaría de Salud, en función del potencial de riesgo para la salud que estos productos representan. Artículo reformado DOF 27-05-1987, 14-06-1991

AYA registra el texto de la fuente oficial en cada cotejo y compara palabra por palabra. Las diferencias de espacios o de cómo se partió una palabra en el PDF no cuentan como cambio. Para efectos legales, consulta el decreto de reforma en el Diario Oficial o el periódico oficial del estado.

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