Artículo 379 Ley General de Salud
Capítulo I
- Los derechos a que se refiere esta Ley se regirán por lo que disponga la legislación fiscal y los convenios de coordinación que celebren en la materia el Ejecutivo Federal y los gobiernos de las entidades federativas.
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Texto tomado de Cámara de Diputados. Documento oficial