Artículo 73 Ley General de Salud
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Cambios de este artículo
Comparas el texto del 9 de diciembre de 2025 (reforma del 7 de junio de 2024) con el del 15 de mayo de 2026, que es el vigente.
El texto anterior sale de la copia del PDF oficial que guardó el Internet Archive el 9 de diciembre de 2025, leída con el mismo método que el texto vigente.
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Así decía el texto del 9 de diciembre de 2025. Lo que luego se quitó va marcado en rojo.
Así dice el texto del 15 de mayo de 2026. Lo que se agregó va marcado en verde.
A la izquierda, el texto del 9 de diciembre de 2025; a la derecha, el del 15 de mayo de 2026.
Cambio 1 · Cambió
Los servicios y programas en materia de salud mental y adicciones, deberán privilegiar la la atención comunitaria, integral, interdisciplinaria, intercultural, participativa, intersectorial, libre de violencias y con perspectivaperspectivas de género y participativa de lasderechos personashumanos desde el primer nivel de atención y los hospitales generales. Párrafo adicionado DOF 16-05-202216-05-2022. Reformado DOF 15-01-2026
Antes
Los servicios y programas en materia de salud mental y adicciones, deberán privilegiar la atención comunitaria, integral, interdisciplinaria, intercultural, intersectorial, con perspectiva de género y participativa de las personas desde el primer nivel de atención y los hospitales generales. Párrafo adicionado DOF 16-05-2022
Ahora
Los servicios y programas en materia de salud mental y adicciones, deberán privilegiar la atención comunitaria, integral, interdisciplinaria, intercultural, participativa, intersectorial, libre de violencias y con perspectivas de género y de derechos humanos desde el primer nivel de atención y los hospitales generales. Párrafo adicionado DOF 16-05-2022. Reformado DOF 15-01-2026
14 párrafos sin cambios
La Secretaría de Salud, las instituciones de salud y los gobiernos de las entidades federativas, en coordinación con las autoridades competentes en cada materia, fomentarán y apoyarán: Párrafo reformado DOF 15-01-2013, 16-05-2022
I. El desarrollo de actividades educativas, socioculturales y recreativas con carácter permanente que contribuyan a la salud mental y a la prevención de adicciones, preferentemente a grupos en situación de vulnerabilidad; Fracción reformada DOF 15-01-2013, 04-11-2015, 16-05-2022
II. La difusión de las orientaciones para la promoción de la salud mental, así como el conocimiento y prevención de los trastornos mentales y por consumo de sustancias psicoactivas, y de adicciones; Fracción reformada DOF 16-05-2022
III. La realización de programas para la prevención y control del uso de sustancias psicoactivas y de adicciones; Fracción reformada DOF 16-05-2022
IV. Las acciones y campañas de promoción de los derechos de la población, sobre salud mental y adicciones, así como de sensibilización para reducir el estigma y la discriminación, a fin de favorecer el acceso oportuno de la atención; Fracción reformada DOF 15-01-2013, 16-05-2022
V. La implementación estratégica de servicios de atención de salud mental y adicciones en establecimientos de la red integral de servicios de salud del Sistema Nacional de Salud, que permita abatir la brecha de atención; Fracción adicionada DOF 15-01-2013. Reformada DOF 04-06-2015, 16-05-2022
V Bis. Se deroga. Fracción adicionada DOF 04-06-2015. Derogada DOF 16-05-2022
VI. La investigación multidisciplinaria en materia de salud mental; Fracción adicionada DOF 15-01-2013
VII. La participación de observadores externos en derechos humanos y la implementación de un mecanismo de supervisión y el desarrollo de programas que promuevan, protejan y garanticen los derechos humanos en cualquier establecimiento de salud; Fracción adicionada DOF 15-01-2013. Reformada DOF 04-11-2015, 16-05-2022
VIII. La detección de los grupos poblacionales en riesgo de presentar trastornos mentales y por consumo de sustancias psicoactivas, y de adicciones, preferentemente niñas, niños y adolescentes y miembros de grupos vulnerables; Fracción adicionada DOF 04-11-2015. Reformada DOF 16-05-2022
IX. El desarrollo de equipos de respuesta inmediata para situaciones de crisis, capacitados en técnicas para atenuar el escalamiento de crisis; Fracción adicionada DOF 16-05-2022
X. La capacitación y educación en salud mental al personal de salud en el Sistema Nacional de Salud; Fracción adicionada DOF 16-05-2022
XI. El desarrollo de acciones y programas para detectar, atender y prevenir el suicidio, y Fracción adicionada DOF 16-05-2022
XII. Las demás acciones que directa o indirectamente contribuyan a la prevención, atención, recuperación y fomento de la salud mental de la población. Fracción reformada y recorrida DOF 15-01-2013. Recorrida DOF 04-11-2015. Reformada y recorrida DOF 16-05-2022 Artículo reformado DOF 27-05-1987, 05-08-2011
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