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Leyes Descargar AYA

Artículo 46 Bis Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Sinaloa

Capítulo IV

A. El titular de la Unidad de Investigación Cibernética, tendrá nivel de Inspector General de la Policía de Investigación, y dependerá de la Comisaría General y de la Fiscalía General. (Adic. Según Dec. No. 325, publicado en el P.O. No. 158 de fecha 31 de diciembre de 2025).

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Sinaloa, con la reforma del 31 de diciembre de 2025. Documento oficial