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Leyes Descargar AYA

Artículo 6 bis Ley de la Fiscalía General del Estado de Yucatán

Capítulo I

Plan Estratégico de Procuración de Justicia La Fiscalía General del Estado deberá publicar cada tres años el Plan Estratégico de Procuración de Justicia que incluirá el diagnóstico de la situación actual de la política criminal del Estado y las políticas públicas, estrategias, objetivos y líneas de acción a corto, mediano y largo plazo, considerando la disponibilidad presupuestal, para optimizar la persecución penal y la política criminal del Estado.

El Fiscal General del Estado remitirá el plan elaborado en términos de este artículo al Congreso y a la persona titular del Poder Ejecutivo del Estado e incluirá en el informe anual que debe presentar ante el primero los avances en el cumplimiento de los objetivos del plan o, en su caso, las modificaciones y resultados que hayan tenido. Artículo adicionado D.O. 21-04-2023

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Yucatán, con la reforma del 20 de enero de 2026. Documento oficial