Artículo 1689 Código Civil del Estado de Aguascalientes
Capítulo I
Si al tiempo de la aceptación hubiere fallecido el proponente, sin que el aceptante fuere sabedor de su muerte, quedarán los herederos de aquel obligados a sostener el contrato
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Aguascalientes. Documento oficial