Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Libro Tercero — De las sucesiones

Título Tercero — De la forma de los testamentos

Capítulo X Del testamento hecho en país extranjero

Código Civil del Estado de Baja California Sur

Artículos 1502 al 1503 · 2 artículos

Artículo 1502

Tendrán plena validez en el Estado de Baja California Sur, los testamentos otorgados por mexicanos en el extranjero, siempre y cuando hubieren sido autorizados en las misiones diplomáticas; legaciones y consulados mexicanos y se hubieren otorgado conforme a derecho.

Artículo 1503

Los testamentos hechos en país extranjero producirán efectos en el Estado de Baja California Sur cuando hayan sido formulados de acuerdo con las leyes del país en que se otorgaron.

Texto tomado de Tribunal Superior de Justicia de BCS. Documento oficial