Artículo 2420 Código Civil del Estado de Baja California
Capítulo I
El mandato es un contrato por el cual el mandatario se obliga a ejecutar por cuenta del mandante los acto s jurídicos que éste le encarga, y deberá con tener el plazo por el que se confiere, de no contenerlo, el mandato termina a los tres años de su expedición sin gestión alguna. Reformado
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Baja California. Documento oficial