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Leyes Descargar AYA

Libro Segundo — De los bienes

Título Quinto — Del usufructo, del uso y de la habitación

Capítulo III De las obligaciones del usufructuario

Código Civil del Estado de Baja California

Artículos 993 al 1024 · 32 artículos

Artículo 1023

Si el pleito interesa al mismo tiempo al dueño y al usufructuario, contribuirán a los gastos en proporción de sus derechos respectivos, si el usufructo se constituyó a título gratuito; pero el usufructuario en ningún caso estará obligado a responder por más de lo que produce el usufructo.

Artículo 1024

Si el usufructuario, sin citación del propietario, o éste sin la de aquél, ha seguido un pleito, la sentencia favorable aprovecha al no citado, y la adversa no le perjudica.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Baja California. Documento oficial