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Leyes Descargar AYA

Artículo 2745 Código Civil del Estado de Chihuahua

Capítulo VI

Para otorgar una fianza legal o judicial por más de cien veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, se presentará un certificado expedido por el Encargado del Registro Público de la Propiedad, a fin de demostrar que el fiador tiene bienes raíces suficientes para garantizar el cumplimiento de la obligación.

[Artículo reformado mediante Decreto No. LXV/RFCLC/0266/2017 I P.E. publicado en el P.O.E. No. 15

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Chihuahua. Documento oficial