Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 1304 Código Civil para el Distrito Federal (Ciudad de México)

Capítulo I

La expresión de una causa contraria a derecho, aunque sea verdadera, se tendrá por no escrita. CAPÍTULO II DE LA CAPACIDAD PARA TESTAR ARTÍCULO 1305.- Pueden testar todos aquellos a quienes la ley no prohibe expresamente el ejercicio de ese derecho.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Congreso de la Ciudad de Mexico. Documento oficial