Artículo 1431 Código Civil para el Distrito Federal (Ciudad de México)
Capítulo I
Cuando el testador, el heredero o el legatario sólo tengan cierta parte o derecho en la cosa legada, se restringirá el legado a esa parte o derecho, si el testador no declara de un modo expreso que sabía ser la cosa parcialmente de otro, y que no obstante esto, la legaba por entero.
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Texto tomado de Congreso de la Ciudad de Mexico. Documento oficial