Artículo 2545 Código Civil para el Distrito Federal (Ciudad de México)
Capítulo II
El secuestro judicial se rige por las disposiciones del Código de Procedimientos Civiles y, en su defecto, por las mismas del secuestro convencional. TÍTULO NOVENO DEL MANDATO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 2546.- El mandato es un contrato por el que el mandatario se obliga a ejecutar por cuenta del mandante los actos jurídicos que éste le encarga.
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Texto tomado de Congreso de la Ciudad de Mexico. Documento oficial