Artículo 3066 Código Civil para el Distrito Federal (Ciudad de México)
Capítulo III
Todos los asientos, de la clase que fueren, deberán ir firmados por el registrador y expresar la fecha en que se practiquen, así como el número de entrada y trámite de la solicitud, su fecha y hora (REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, G.O. 23 DE JULIO DE 2012)
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Texto tomado de Congreso de la Ciudad de Mexico. Documento oficial