Artículo 11 Código Civil del Estado de Colima
Las leyes que establecen excepción a las reglas generales, no son aplicables a caso alguno que no este expresamente especificado en las mismas leyes. (ADICIONADO (SIC) DEC. 301, P.O. NO. 18, SUPL. 01, 16 DE ABRIL DE 2011.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Colima. Documento oficial