Artículo 1003 Código Civil del Estado de Durango
Capítulo III
Si el usufructo se ha constituído a título gratuito, el usufructuario está obligado a hacer las reparaciones indispensables para mantener la cosa en el estado en que se encontraba cuando la recibió
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Durango. Documento oficial