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Leyes Descargar AYA

Artículo 1457 Código Civil del Estado de Durango

Capítulo V

El testamento privado necesita, además, para su validez, que se haga la declaración a que se refiere el artículo 1460 teniendo en cuenta las declaraciones de los testigos que firmaron y oyeron, en su caso la voluntad del testador

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 27 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Durango. Documento oficial