Artículo 4 Código Civil del Estado de México
Capítulo VII
272.- Si al hacerse la designación de tutor o curador voluntarios, éstos no reúnen los requisitos para desempeñar el cargo, será válida la designación si los satisfacen al momento de desempeñarse.
Requisitos para el desempeño de tutor voluntario.
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Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial