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Leyes Descargar AYA

Artículo 7 Código Civil del Estado de México

Capítulo V

1052.- La liberación hecha por el acreedor a uno de los fiador es, sin el consentimiento de los otros, aprovecha a todos, hasta donde alcance la parte del fiador liberado.

Liberación de la obligación de los fiadores.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de diciembre de 2025.

Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial