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Leyes Descargar AYA

Artículo 7 Código Civil del Estado de México

Capítulo V

1053.- Los fiadores, aún cuando sean solidarios, quedan liberados de su obligación, si por culpa o negligencia del acreedor no pueden subrogarse en los derechos, privilegios o hipotecas del mismo acreedor.

Prórroga o espera al deudor por el acreedor.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de diciembre de 2025.

Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial