Artículo 2448 Código Civil Federal
Capítulo IV
Las disposiciones contenidas en los artículos 2448 -A, 2448-B, 2448-G y 2448 -H son de orden público e interés social, por tanto son irrenunciables y en consecuencia cualquier estipulación en contrario se tendrá por no puesta. Artículo reformado DOF 07-02-1985, 21-07-1993
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Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 14 de noviembre de 2025. Documento oficial