Parte Segunda — De las Diversas Especies de Contratos
Título Segundo — De la Compra-Venta
Capítulo IV De las Obligaciones del Vendedor
Índice de la leyArtículo 2283
El vendedor está obligado:
I. A entregar al comprador la cosa vendida;
II. A garantizar las calidades de la cosa;
III. A prestar la evicción.
Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 14 de noviembre de 2025. Documento oficial