Artículo 11 Código Civil del Estado de Guanajuato
Las Leyes del Estado de Guanajuato, incluyendo las que se refieren al estado y capacidad de las personas, se aplicarán a todos los habitantes del mismo, sean domiciliados o transeúntes; pero tratándose de personas de nacionalidad extranjera se cumplirá con lo que dispongan las leyes federales sobre la materia.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guanajuato (S3 oficial). Documento oficial