Artículo 14 Código Civil del Estado de Guerrero
Libro QUINTO
Los efectos jurídicos de actos y contratos celebrados dentro de la República, pero fuera del territorio del Estado, que deban ser ejecutados en éste, se regirán por las disposiciones del presente Código y por las leyes que se les sean aplicables.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guerrero. Documento oficial