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Leyes Descargar AYA

Artículo 17 Código Civil del Estado de Guerrero

Libro QUINTO

Los habitantes del Estado tienen obligación de ejercer sus actividades y de usar y disponer de sus bienes en forma que no perjudique a la colectividad, de no hacerlo así, quedarán sujetos a las sanciones establecidas en este Código y en las leyes relativas.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guerrero. Documento oficial