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Leyes Descargar AYA

Libro Tercero — De los bienes y derechos reales

Título Cuarto — Del usufructo, del uso y de la habitación

Capítulo III De las obligaciones del usufructuario

Código Civil del Estado de Guerrero

Artículos 946 al 977 · 32 artículos

Artículo 976

Si el pleito interesa al mismo tiempo al dueño y al usufructuario, contribuirán a los gastos en proporción de sus derechos respectivos, si el usufructo se constituyó a título gratuito; pero el usufructuario en ningún caso estará obligado a responder por más de lo que produce el usufructo.

Artículo 977

Si el usufructuario, sin citación del propietario, o éste sin la de aquél, ha seguido un pleito, la sentencia favorable aprovechará al no citado, y la adversa no le perjudicará.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guerrero. Documento oficial