Artículo 181 Código Civil del Estado de Jalisco
Capítulo II
La asamblea general resolverá:
I. Sobre la admisión y exclusión de asociados;
II. Sobre la disolución anticipada de la asociación o sobre su prórroga por más tiempo del fijado en los estatutos;
III. Sobre el nombramiento de director o directores cuando no hayan sido nombrados en la escritura constitutiva;
IV. Sobre la revocación de los nombramientos hechos; y
V. Sobre los demás asuntos que le encomienden los estatutos.
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Texto tomado de Biblioteca Virtual Congreso de Jalisco. Documento oficial