Artículo 2671 Código Civil del Estado de Jalisco
Capítulo I
Podrá el testador señalar para la adecuada interpretación de su testamento las causas y circunstancias por las que se otorga en determinado sentido y no será causa de invalidez el hecho de que las mismas sean erróneas o falsas, ya que con ello se pretende preservar los derechos de afección de que es titular.
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Texto tomado de Biblioteca Virtual Congreso de Jalisco. Documento oficial