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Leyes Descargar AYA

Artículo 170 Código Civil del Estado de Nayarit

Capítulo III

El contrato de compraventa puede celebrarse entre los cónyuges cuando el matrimonio esté sujeto al régimen de separación de bienes, tratándose de la sociedad conyugal se requiere que el contrato se acompañe de las capitulaciones matrimoniales en las que conste que el bien de que se trata se encuentra fuera del patrimonio común.

(REFORMADO, P.O. 22 DE DICIEMBRE DE 2015

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Nayarit. Documento oficial