Artículo 3229 Código Civil del Estado de Puebla
Capítulo VIII
El substituto en el caso del artículo anterior, excluye a los nombrados con ese carácter y que sean posteriores a él, en el orden de su nombramiento.
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Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial