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Leyes Descargar AYA

Artículo 76 Código Civil del Estado de Puebla

Capítulo II

Toda persona tiene derecho a que se respete: 1. Su honor o reputación y, en su caso, el título profesional que haya adquirido; 2. Su presencia física; 3. El secreto epistolar, telefónico, profesional testamentario y de su vida privada. 4.- Su orientación sexual y, 19 5.- Su identidad de género autopercibida.

19 Numeral adicionado el 26/mar/2021. 20 Numeral adicionado el 26/mar/2021.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de noviembre de 2025.

Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial