Artículo 297 Código Civil del Estado de Quintana Roo
Capítulo SEXTO
En los contratos de tracto sucesivo se puede pactar la entrega de arras como seña penitencial y, en ese caso cualquiera de las partes puede dar por terminado el contrato, por su sola voluntad y con sólo hacer saber su determinación a su contraparte
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial