Artículo 34 Código Civil del Estado de Quintana Roo
Título PRIMERO
Supuesto jurídico es la hipótesis prevista por la ley, de cuya realización depende el nacimiento. la modificación, la transmisión o la extinción de derechos y obligaciones o de situaciones jurídicas concretas.
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial