Artículo 441 Código Civil del Estado de Quintana Roo
Capítulo SEGUNDO
La asamblea general resolverá:
l.- Sobre la admisión y exclusión de los asociados;
II.- Sobre la disolución anticipada de la asociación, o sobre su prórroga por más tiempo del fijado en los estatutos;
III.- Sobre el nombramiento de los miembros de la mesa directiva cuando no hayan sido designados en la escritura constitutiva;
IV.- Sobre la revocación de los nombramientos hechos;
V.- Sobre los demás asuntos que le encomienden los estatutos.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial