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Leyes Descargar AYA

Libro Cuarto — De las obligaciones

Título V — Extinción de las obligaciones

Capítulo III De la remisión de la deuda

Código Civil del Estado de Sinaloa

Artículos 2091 al 2094 · 4 artículos

Artículo 2091

Cualquiera puede renunciar su derecho y remitir, en todo o en parte, las prestaciones que le son debidas, excepto en aquellos casos en que la ley lo prohibe.

Artículo 2092

La condonación de la deuda principal extinguirá las obligaciones accesorias, pero la de éstas dejan subsistente a la primera.

Artículo 2093

Habiendo varios fiadores solidarios, el perdón que fuere concedido solamente a alguno de ellos, en la parte relativa a su responsabilidad, no aprovecha a los otros.

Artículo 2094

La devolución de la prenda es presunción de la remisión del derecho a la misma prenda, si el acreedor no prueba lo contrario.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Sinaloa (IIP - Gaceta). Documento oficial