Artículo 1136 Código Civil del Estado de Tlaxcala
Título OCTAVO
Cuando varias personas poseen un bien indiviso podrá cada una de ellas ejercer actos posesorios sobre el bien común con tal que no excluya los actos posesorios de los otros coposeedores.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 5 de noviembre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial