Artículo 1192 Código Civil del Estado de Tlaxcala
Título NOVENO
Los bienes inmuebles y los derechos reales constituidos sobre ellos se adquieren por usucapión en cinco años si son poseídos con buena fe y en diez con mala fe.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 5 de noviembre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial