Artículo 1722 Código Civil del Estado de Tlaxcala
Capítulo IV
Son aplicables a la remisión de la deuda, las causas de revocación de la donación por ingratitud, cuando el deudor incurra en los actos de ingratitud que señala este Código respecto al donatario.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial