Libro Cuarto — De las obligaciones código civil para el estado libre y soberano de tlaxcala pág. 205
Capítulo VI De la rescision de las obligaciones
Código Civil del Estado de Tlaxcala
Índice de la leyArtículo 1735
Son aplicables a la rescisión de las obligaciones las normas que rigen la rescisión de los contratos con las modificaciones consiguientes, tomando en cuenta la naturaleza de la relación jurídica concreta. (F. DE E., P.O. 3 DE NOVIEMBRE DE 1976)
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial