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Leyes Descargar AYA

Artículo 1848 Código Civil del Estado de Yucatán

Capítulo X

Los socios que hayan pactado poner en la sociedad su industria y no lo hicieren le deben a la sociedad todas las ganancias que por ésta hubieren obtenido.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Yucatán. Documento oficial