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Leyes Descargar AYA

Artículo 118 Código Civil del Estado de Zacatecas

Capítulo ÚNICO

La mejoras voluntarias no son abonables a ningún poseedor pero el de buena fe puede retirar esas mejoras conforme a lo dispuesto en la fracción III del artículo 113

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 29 de octubre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Zacatecas, con la reforma del 18 de julio de 2026. Documento oficial