Libro Cuarto — De las sucesiones
Título Tercero — De la forma de los testamentos
Capítulo Sexto De los testamentos militar, marítimo, aéreo y hecho en país extranjero
Código Civil del Estado de Zacatecas
Índice de la leyArtículo 778
En el Estado de Zacatecas producen efectos jurídicos los Testamentos Militar, Marítimo, Aéreo y el hecho en país extranjero, si se ajustan a las disposiciones de este Código, del Código Civil de aplicación federal y a las disposiciones federales relativas.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Zacatecas, con la reforma del 18 de julio de 2026. Documento oficial