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Leyes Descargar AYA

Libro Quinto — De las obligaciones primera parte de las obligaciones en general

Título Primero — Fuentes de las obligaciones

Capítulo Sexto Del riesgo profesional

Código Civil del Estado de Zacatecas

Artículos 1220 al 1222 · 3 artículos

Artículo 1220

Los patrones son responsables de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales de los trabajadores, sufridos con motivo o en el ejercicio de la profesión o trabajo que ejecuten. Esta materia se regirá por las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.

Artículo 1221

Incumbe por lo tanto, a los patrones, el pago de la responsabilidad que nace de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales, independientemente de toda idea de culpa o negligencia de su parte, en los términos de la citada Ley Federal del Trabajo.

Artículo 1222

El patrón no responderá de los accidentes del trabajo, ni de las enfermedades profesionales, cuando el trabajador dolosamente los haya producido o las haya contraído.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Zacatecas, con la reforma del 18 de julio de 2026. Documento oficial