Libro Tercero — Del Comercio Marítimo
Título Tercero — De los Contratos Especiales del Comercio Marítimo
Capítulo X Obligaciones entre el Asegurador y Asegurado
Índice de la leyArtículo 823
(Se deroga). Artículo reformado DOF 03-05-1946. Derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 18 de febrero de 2026. Documento oficial