Artículo 109 Ley para la Familia del Estado de Hidalgo
Capítulo ÚNICO
La custodia de las hijas e hijos menores estará bajo la responsabilidad de la madre, el padre, de ambos; o de cualquier otra persona según las circunstancias que considere el juzgador en relación con la edad del menor y cerciorado de que no exista alguna causa que ponga en riesgo su integridad física o psíquica que impida su sano desarrollo, atendiendo siempre el interés superior de la niñez y la adolescencia. Artículo reformado, P.O. Alcance cuatro del 21 de octubre de 2022
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial